El Comité Europeo de Protección de Datos establece directrices para cuantificar multas según el RGPD y Directiva de Protección de Datos - 05/08/2023
El Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) ha lanzado una serie de directrices destinadas a establecer nuevos criterios para calcular las sanciones relacionadas con las infracciones del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Directiva de Protección de Datos en el ámbito penal en la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo. Estas pautas buscan promover una mayor armonización y consistencia en la aplicación de multas, teniendo en cuenta la naturaleza y gravedad de las violaciones.
De acuerdo con el documento publicado por el CEPD, la cuantificación de las multas administrativas se llevará a cabo considerando varios factores. Entre ellos se encuentran la categorización de las infracciones según el RGPD, la gravedad de la infracción y el volumen de negocios de la empresa involucrada en la infracción. Además, se considerarán aspectos como la naturaleza y duración de la infracción, el número de personas afectadas y el daño causado.
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Según el artículo 83 del RGPD, las infracciones se dividen en dos categorías: punibles en virtud de su apartado 4 y punibles en virtud de sus apartados 5 y 6. Las multas para la primera categoría pueden ascender hasta 10 millones de euros o el 2 % del volumen de negocios anual de la empresa, mientras que para la segunda categoría, la multa máxima puede alcanzar los 20 millones de euros o el 4 % del volumen de negocios anual. La cifra más alta entre ambas opciones se considera para determinar la sanción final.
El proceso de cálculo de la multa considera la naturaleza, gravedad y duración de la infracción, así como la naturaleza y alcance del tratamiento de datos que la causó. También se tiene en cuenta el número de afectados y el tipo de daño sufrido. Además, se evalúa si la infracción fue intencional o negligente, así como las categorías de datos personales afectados.
El documento del CEPD establece tres niveles de gravedad: bajo, medio y alto. Las multas iniciales para cada nivel oscilan entre el 0 y el 100 % del máximo legal aplicable. Estas multas iniciales se ajustan según el volumen de negocios anual de la empresa infractora, asegurando que sean proporcionales y disuasorias.
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La introducción de estas directrices busca establecer un marco más coherente y justo para cuantificar las sanciones por infracciones de protección de datos en la UE y EEE. El CEPD espera que este enfoque ayude a promover la adecuada protección de la privacidad y los derechos de los individuos, al mismo tiempo que incentiva a las empresas a cumplir con sus responsabilidades en materia de protección de datos.
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